lunes, 9 de marzo de 2020

CAPACITACIÓN A REGISTRADORES ESCOLARES


La institucionalización de la Registraduría en la I.E. Arnulfo Briceño Contreras como organismo permanente en el que hacer de la enseñanza-aprendizaje hace parte del macro proyecto denominado ABC Megalópolis, que es una estrategia didáctica pensada para constituir una Comunidad de Niños, Niñas, Adolescentes y sus Familias -NNAF- Ciudadanos que relaciona su enfoque de Aprendizaje Significativo-Humanista en un proceso socio-político e institucional para formalizar, consolidar y desarrollar políticas públicas para hacerlos efectivos dentro del entorno educativo en articulación con la Administración Municipal a fin de garantizar el cumplimiento y disfrute de los derechos fundamentales, la cultura ciudadana y el emprendimiento amparados desde el saber disciplinario, las líneas de acción de los proyectos pedagógicos transversales y el marco normativo correspondiente.

A partir de este escenarios los estudiantes del grado octavo y noveno en secundaria y de grado quinto en primaria en el aula desde la asignatura de ciencias sociales y cátedra de la paz, estadística son designados para adelantar todo el montaje para las elecciones escolares del proyecto pedagógico transversal de Gobierno Escolar, iniciativa que se articula desde diferentes disciplinas, formalizándose como entidad en el marco de la estrategia de construcción de ciudadanía y participación social y el enfoque de derechos, en especial el derecho a la ciudad.


La Registraduría tiene tres niveles organizativos:

1. Nacional-Central
2. Delegadas
3. Auxiliares

La Registraduría Nacional-Central es presidida por un estudiante de Grado octavo a décimo, (en ningún caso los registradores puede ser Grado Undécimo, de ser así se deberá elegir a otro en su cargo) designado para periodos de dos (2) años y cuya elección es competencia de los presidentes de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, de acuerdo a lo estipulado en la CPC de 1991 en el Artículo 266.

El Registrador Nacional del Estado Civil será escogido por los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, mediante concurso de méritos organizado según la ley.

En las demás sedes se nombrará una Registraduría Delegada, designada por concurso de mérito de Grado octavo y noveno, previo cumplimiento de requisitos dispuesto por los presidentes de las Cortes; en cada ciudad-curso un registrador auxiliar.

Entre las funciones propias de la entidad se encuentran:

- Apoyar en la organización de las elecciones del Gobierno Escolar
- Recibir la inscripción de los partidos políticos, candidatos a cargos de representación, y verificar que cumplan con todos los requisitos establecidos
- Ejercer funciones de vigilancia del proceso electoral.
- Realizar el acompañamiento el día de las elecciones del gobierno escolar
- Garantizar la trasparencia del proceso.
- Participar en la realización del escrutinio general de la sección que le corresponda y firmar las respectivas actas.
- Dar a conocer los resultados de la jornada electoral y divulgarlos en un medio público de la Institución.
- Presentar informe escrito y análisis estadístico del proceso electoral Empoderamiento y Despliegue de pedagogía del Sistema Electoral
- Designación de registrador central, delegadas y auxiliares
- Delegación de Asignaciones y Responsabilidades por equipos de trabajo: Inscripciones: Partidos, Candidatos, Pedagogía electoral, Jurados de votación, Análisis Estadístico de las Encuestas y Elecciones - Ejercer las funciones que establezca la ley


Es así que el día Miércoles 04 de marzo con los Registradores Nacionales-Central se realizó la Capacitación del Sistema Electoral 2020 ÁGORA, en donde hicieron presencia los estudiantes:


Nicolas Lesmes
Sharik Ariza
Sebastian Morales
Julian Contreras
Laura Prieto







FORMACIÓN DE REGISTRADORES DELEGADOS Y AUXILIARES
SEDE SAN ANTONIO














DIRECTORES DE MOVIMIENTOS POLÍTICOS EN ACCIÓN


DE VISITA POR CADA SEDE DE MEGALÓPOLIS

CADA DIRECTOR DE LOS (5) MOVIMIENTOS POLÍTICOS DE LA I.E. ARNULFO BRICEÑO CONTRERAS DE VILLAVICENCIO (META) SE DIERON CITA ESTE LUNES 09 DE MARZO EN CADA SEDE (Gaviotas, Kirpas, Villa Melida, San Antonio) Y JORNADA (Mañana y Tarde) LUEGO DEL SORTEO PARA LA ELABORACIÓN DEL CALENDARIO DE RECOLECCIÓN DE FIRMAS DEL VIERNES 06 DE MARZO PARA CONSOLIDAR SUS ORGANIZACIONES PARA LAS ELECCIONES ESCOLARES A FINALES DE MARZO. 

LES CORRESPONDE A CADA UNO SUMAR CADA VEZ A MAS ESTUDIANTES A SU MOVIMIENTO PARA QUE AVALE POR FIRMAS SU PARTICIPACIÓN PARA LOS CARGOS DE ALCALDE MAYOR, ALCALDES MENORES Y CONCEJALES-PARLAMENTO. 

CALENDARIO DE 09-13 DE MARZO DE 2020








VÍDEOS DEL PASO POR CADA CIUDAD 
DE MEGALÓPOLIS 










GUIA #2 FILOSOFIA CICLO 5 NOCTURNA

FILOSOFÍA PRESOCRÁTICA

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Descargar Guía # 2



domingo, 8 de marzo de 2020

TALLER ECONOMÍA POLÍTICA _GRADO DÉCIMO NOCTURNA (CICLO V)

TALLER LIBRO DE ECONOMÍA POLÍTICA - NIKITIN
GRADO DÉCIMO (CICLO V) -NOCTURNA 



Desarrollar las seis (6) actividades descritas en el cuadro del presente Taller del Libro de Nikitin en el Cuaderno.


RECUERDE QUE PARA ACCEDER A LOS CONTENIDOS DEBE TENER LA SESIÓN ABIERTA EN SU CUENTA @GMAIL





O Puede buscar en Google: Economía Política de Nikitin y descargar

domingo, 1 de marzo de 2020

PARA DIRECTORES DE MOVIMIENTOS POLITICOS EN ABC MEGALOPOLIS

PASO A PASO DESDE LA CONFORMACIÓN DEL MOVIMIENTO POLÍTICO


DEMOCRACIA REPRESENTATIVA MEDIANTE EL SISTEMA DE PARTIDOS POLÍTICOS 
(Desde el Contexto Educativo)

Descargar archivo paso a paso 

A partir de la conformación de equipos de trabajo con estudiantes del grado undécimo se da inicio al sistema de partidos políticos, no obstante, para la consolidación de los mismos se requiere que superen el umbral (%) en las elecciones escolares de marzo, en tanto esto ocurre, cada organización política sera reconocida como Movimiento. Es así que desde un ejercicio en el aula con acompañamiento de docentes, en especial del proyecto de democracia y del área de Ciencias Sociales se les brindará asistencia en lo referente al Lineamiento para el Marco Constitutivo de los Estatutos de la organización política, Designación de cargos directivos al interior del Movimiento, Recolección de Firmas para Registro del Movimiento Político e Inscricpión ante la Registraduria Escolar, Conformación de Mesas Directivas y Entrega de avales a candidatos para cargos de representación por voto popular, entre los que se cuentan: Alcaldes Menores, Alcalde Mayor, Concejales o Parlamentarios

Una vez diseñado el Movimiento Político en el aula con estudiantes de grado undécimo, el director y su equipo de trabajo deberán hacer la recolección de firmas en todo el plantel educativo para alcanzar el aval y reconocimiento como organización ante el Consejo Nacional Electoral Estudiantil - CNEE (Art. 1, 2 y 3 de la Ley 130 de 1994), previo cumplimiento al artículo 3:

1. Solicitud presentada por sus directivas
2. Copia de los Estatutos
3. Probar su existencia con no menos de doscientas firmas o con la obtención en la elección anterior, de por lo menos la misma cantidad de votos o de representación en el Parlamento; y
4. Presentar un documento que contenga la plataforma política del partido o movimiento, expresando su filosofía y principios, así como los programas y aspiraciones que lo identifiquen.

Seguido de este paso, de acuerdo al artículo 9 de la Ley 130/94 los partidos y movimientos políticos, con personería jurídica reconocida, podrán postular candidatos a cualquier cargo de elección popular sin requisito adicional alguno. La inscripción deberá ser avalada para los mismos efectos por el respectivo representante legal del partido o movimiento o por quien él delegue. Es decir, que cada movimiento político estudiantil en Asamblea de partidarios (los que se inscribieron a su organización en la recolección de firmas) elegirán los candidatos a los diferentes cargos de representación: Alcalde Menor (de cada ciudad-curso), Alcalde Mayor (estudiante de 5° a 11°), Parlamentarios (estudiantes de 5° a 11°) en consideración a sus intereses y planeación estratégica.

Las representaciones estudiantiles por elección popular son:
Alcaldías Menores: hay 54 ciudades que deben tener su alcalde respectivo, distribuidas en:
14 ciudades en San Antonio de la Mañana, que representa el Continente Asiático
12 ciudades en San Antonio de la Tarde, que representa el Continente Africano
12 ciudades en Gaviotas en la Mañana y Tarde, que representan el Continente Europeo
16 ciudades en Villa Melida y Kirpas en la Mañana y Tarde, que representan el Continente Americano
Alcalde Mayor: 1 representante para toda la I.E. Arnulfo Briceño Contreras
Parlamento: 12 parlamentarios o concejales, contando con el que ingresa por ser 2° en las elecciones de Alcalde Mayor, de acuerdo al estatuto de oposición, según artículo 112 de la Constitución Politica

Para la designación del sistema de elección por listas se convocará a los directivos de los movimientos políticos estudiantiles para elegir la implementación de las listas y elaborar el calendario de campaña:
Listas Cerradas o con voto no preferente, es decir, que no se vota por un candidato en específico sino por todo el movimiento, solo marcan el logo en el tarjeton, el orden de los candidatos lo determinan las directivas del movimiento, se deja el orden del listado antes de elecciones en la Registraduría 
Listas Abiertas o con voto preferente, se refiere que el sufragante debe elegir primero el logo del partido y posteriormente el número del candidato de su elección y preferencia; los candidatos que mas obtengan votos son los que ganan la elección, en caso de que el sufragante solo marque el logo del partido y no el del candidato, este voto se sumará al movimiento en aras del umbral electoral.

Pasadas las elecciones estudiantiles, se conocerá que movimientos alcanzaron el umbral para consolidarse como partido, y que cargos obtuvieron en las votaciones. El movimiento con mayor número de votos y representantes electos (alcaldes menores, alcalde mayor y parlamentarios) designará de sus integrantes a uno del grado undécimo que representantará a todos los estudiantes - ciudadanos al Consejo Directivo que se denominará Canciller ante el Organismo del Consejo de Seguridad Permanente de las Naciones Unidas

El electo Alcalde Mayor de Megalópolis dentro el tiempo estipulado tendrá que designar su equipo de trabajo que se determinará de acuerdo a su plan de gobierno (plan de desarrollo) estableciendo las secretarias o ministerios correspondientes, según su énfasis y capacidad operativa, entre las que se encuentran:

Secretaría de Infraestuctura - Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Secretaría de Salud - MInisterio de Salud y Protección Social
Secretaría de Educación - Ministerio de Educación Nacional
Secretaría de Planeación y Control Físico - Ministerio de Hacienda y Credito Público
Secretaría de Movilidad - Ministerio de Transporte
Secretaría de Hacienda - Ministerio de Hacienda y Credito Público
Secretaría de Medio Ambiente - Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible / Agricultura y D. Rural
Secretaría de la Mujer - MInisterio de Salud y Protección Social
Secretaría de Gestión Social y Participación Ciudadana - Ministerio de Cultura / Interior
Secretaría de Competitividad - Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación / Trabajo/Comercio, Industria y Turismo
Secretaría de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC - Ministerio de las TIC
Secretaría de Gobierno y Pos Conflicto - Ministerio de Justicia y del Derecho / Defensa Nacional

Descentralizados
IMDER - Ministerio del Deporte
ICBF - Ministerio de Proteccion Social
Otras...

Estas áreas de desarrollo (instituciones) se articulan a los proyectos pedagógicos institucionales con participación exclusiva de los estudiantes-ciudadanos; el nombramiento del personal a cargo es un ejercicio que el Mandatario con su Partido de Gobierno desarrollará posterior a su posesión.

De igual manera el Mandatario de Megalópolis y su Partido Político de Gobierno designará las ternas para los cargos de Contraloría que deben ser ciudadanos de grado noveno y décimo, y para Personería de undécimo grado para que mediante una sesión parlamentaria se de nombramiento de los cargos mencionados.

Para la conformación del Gobierno Escolar identificada en el modelo de Democracia Representativa mediante el Sistema de Partidos Políticos de la I.E. Arnulfo Briceño Contreras que se denomina como estrategia didáctica de enseñanza de las Ciencias Sociales como ABC Megalópolis se implementará las elecciones con el programa Ágora adelantando capacitaciones inicialmente a la Registraduría Escolar, luego a los Movimientos Politicos y se cierra la pedagogía electoral a las diferentes ciudades-cursos mediante un pilotaje y formación en el aula.

Se cuenta para esta conformación del gobierno escolar 2020 con un debate al cargo de Alcalde Mayor en las sedes de San Antonio y Gaviotas donde los Movimientos Políticos tienen un espacio institucional abierto para la presentación y socialzación de sus ideales y líneas de acción.

Finalmente En ABC Megalópolis se contarán con unos encuentros o cumbres de las diferentes representaciones para articular todo el funcionamiento territorial y administrativo. 


viernes, 28 de febrero de 2020

UNA CIUDAD DE NIÑOS, NIÑAS. ADOLESCENTES Y SUS FAMILIAS NNAF: MEGALÓPOLIS

El artículo que se relaciona a continuación tiene como referencia la importancia en el desarrollo histórico del concepto de ciudad que posibilita el bienestar de sus habitantes y da cumplimiento a los derechos que les asiste por ser parte de ese entorno; a partir de este escenario comenzamos a pensar en una ciudad pensada para niños. niñas, adolescentes y sus familias

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EL DERECHO A LA CIUDAD
¿Qué significa tener derecho a la ciudad?
La ciudad como lugar y posibilidad de los derechos humanos*
Territorios 22 / Bogotá, 2010, pp. 125-149 ISSN: 0123-8418 ISSNe: 2215-7484

La ciudad: elemento para la garantía de los derechos humanos  

El clamor por el derecho a la ciudad es muestra de una aceptación, ampliamente difundida, del principio que el desarrollo urbano de la vida debe permitir la inclusión, sin discriminación y excepción, de todos aquellos que habitan en la ciudad brevemente

La primera línea general es entender el derecho a la ciudad como una posibilidad de ciudad, es decir, como una forma o modo concreto en que la ciudad, lugar, objeto e institución privilegiada, se ofrece y posibilita a sus ciudadanos. 

La segunda línea general es entender el derecho a la ciudad como el goce de derechos en los contextos urbanos. Esta es una apuesta por ir más allá de la ciudad que se debe ofrecer a sus ciudadanos, quienes, a su vez, deben participar de su construcción

Finalmente, el “derecho a la ciudad” se define como la posibilidad de los habitantes urbanos de disfrutar completamente de la vida urbana, con todos sus servicios y ventajas, y tomar parte activa y directa en el manejo de los asuntos de la ciudad. El derecho a la ciudad se estructura desde dos facetas: la del goce efectivo de derechos y la de la participación activa. Fernandes (2006b, p. 46)

Velásquez Carrillo (2004, p. 14-16) identifica cinco implicaciones del derecho a la ciudad que deben ser tenidas en cuenta a la hora de garantizarlo o exigirlo: 

(a) recuperar la capacidad deliberativa
de presión e incidencia que tienen los ciudadanos, especialmente los excluidos y los discriminados
(b) abordar una discusión sobre la ética que impera en las ciudades y el modelo de desarrollo
(c) evaluar la posibilidad que tienen los ciudadanos de diseñar y vivir su proyecto de vida en el marco del multiculturalismo, la democracia, el género y la diversidad social
(d) fomentar una actitud abierta a la construcción de lo público, y 
(e) articular esfuerzos e intereses, la solución pacífica de los conflictos y la erradicación del autoritarismo.

La Carta mundial por el derecho a la ciudad (Foro Social Mundial, 2005) en su artículo primero, la Carta establece que el derecho a la ciudad se define como el derecho colectivo de los habitantes de la ciudad, en particular de los grupos vulnerables o marginados, que los legitima para lograr el completo ejercicio de la libre determinación y un adecuado nivel de vida. 

Es un derecho interdependiente de los demás derechos humanos integralmente reconocidos internacionalmente, e implica el usufructo equitativo de las ciudades bajo criterios de sostenibilidad, democracia, equidad y justicia social :
Las ciudades deberán constituir un ambiente de plena realización de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, asegurando la dignidad y el bienestar colectivo de todas las personas en condiciones de igualdad, equidad y justicia.
Todas las personas tienen el derecho de encontrar en la ciudad las condiciones necesarias para su realización política, económica, cultural, social y ecológica, asumiendo igualmente el deber de la solidaridad […].
Todas las personas tienen el derecho de participar directamente o a través de sus representantes en la elaboración, definición, implementación, distribución y administración de las políticas públicas y los presupuestos municipales en orden a fortalecer la trasparencia, efectividad y autonomía de las administraciones locales y las organizaciones populares (Artículo 2°).